La presente resolución es aplicable a los empleadores públicos y privados, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a los trabajadores dependientes e independientes, contratistas, aprendices, practicantes, cooperados de cooperativas o precooperativas de trabajo asociado, afiliados participes, que manipulen productos químicos en los lugares de trabajo, ya sean sustancias químicas puras, soluciones diluidas o mezclas de estas.
Los empleadores deben garantizar que los productos químicos utilizados en el lugar de trabajo estén clasificados conforme a los criterios definidos por el SGA de la Organización de las Naciones Unidas en la sexta edición revisada.
De acuerdo con el artículo 24 de la resolución 773 de 2021 emitida el 07 de abril de 2021, donde se establece un plazo de 24 meses para la implementación del sistema global armonizado (SGA) para las sustancias químicas puras y soluciones diluidas, el cual venció en días pasados. Esta resolución es aplicable a todas las empresas y trabajadores que manipulen productos químicos en los lugares de trabajo, ya sean sustancias químicas puras, soluciones diluidas o mezclas de estas. En el caso de las mezclas, se cuenta con un año más para su implementación.
Las Administradoras de Riesgos Laborales – ARL. Las ARL realizarán la asesoría y asistencia técnica a las empresas afiliadas para la correcta aplicación del SGA, en particular con las siguientes actividades:
Realizar campañas de divulgación sobre la aplicación del SGA y el control del riesgo químico.
Asesorar en la elaboración de los programas de vigilancia epidemiológica por exposición a productos químicos peligrosos.
Realizar la vigilancia delegada de la incorporación de la implementación del SGA en el SG-SST y el cumplimiento de los planes y acciones definidas por la empresa para el cumplimiento de la presente resolución.
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